El Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, a tenor de las últimas disposiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, (publicada en BOE núm. 153, de 30 de mayo de 2020 y su última publicación de 6 de junio de 2020, Capítulo VI,Artículo 8, Velatorios y entierros), ha elaborado un Bando de la Alcaldía, en el que se disponen los nuevos horarios por los cuales, a partir de ahora, comenzarán a regirse los cementerios, tanatorios, entierros y velatorios en el municipio.
En el citado documento se ha dispuesto que, en cuanto a los cementerios y tanatorios, los horarios y días quedarán a partir de ahora, en fase 3, de la siguiente manera:
Fase 3 - CEMENTERIOS: Horario de lunes a jueves, de 09,00 a 13,00 horas; viernes y sábados, de 09,00 a 17.00 horas y, días festivos de 09.00 a 14:00 horas, siempre con las medidas generales de protección frente al SARS-CoV2 . Se deberá mantener al menos 1 metro de distancia entre personas si existen equipos de protección (mascarilla) o barreras. En caso contrario, se establece una distancia mínima de 2 metros. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de cincuenta personas, entre familiares y allegados.
Fase 3 - TANATORIOS: Amplían sus horarios habituales. - Salas de vela: recomendación 6 personas y máximo 10 personas, para aquellos casos en los que la capacidad de la sala permita la distancia de seguridad, o se utilice equipo de protección, según la Orden/422/2020 de 19 de mayo en su artículo 3.
- Salas de despedidas, capillas y vestíbulos: Espacios cerrados 25 personas. Espacios al aire libre 50 personas. Siempre guardando la distancia de seguridad o se utilice equipo de protección, según la Orden/422/2020 de 19 de mayo en su artículo 3. - Salas de Ceremonia o capilla: Se marcarán con un cartel los 25 asientos a ocupar para mantener la distancia de seguridad, o se utilice equipo de protección, según la Orden/422/2020 de 19 de mayo en su artículo 3.
La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de cincuenta personas, entre familiares y allegados. Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento del mismo, especifíca en Bando de la Alcaldía.