Jueves, 08 Octubre 2020 19:43

Los precios de las universidades públicas canarias se mantienen sin variación respecto al curso anterior

 

 

El Gobierno aprueba el decreto que fija y regula los precios públicos por la prestación de servicios académicos y administrativos para el curso 2020-21

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy, jueves 8 de octubre, el decreto por el que se regulan los precios públicos por la prestación de servicios académicos y administrativos de las universidades públicas canarias para el curso 2020-2021, que se mantienen para ese periodo lectivo igual que en el anterior.

El texto regula la forma de pago, los plazos y las tarifas universitarias, bonificaciones, condiciones de becas y exenciones del pago de matrículas, entre otras cuestiones, tras haberse consensuado con las dos instituciones de enseñanza superior y públicas del Archipiélago.

Como novedad para este curso 2020-21, el documento incorpora la exención del pago de los precios públicos por servicios académicos universitarios para los beneficiarios de la prestación del Ingreso Mínimo Vital. Asimismo, quedarán exentos del pago de los precios públicos las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. También las víctimas de violencia de género y terrorismo.

El estudiantado procedente de familias numerosas disfrutará de distintos grados de bonificación en función de los miembros de la unidad familiar, desde la gratuidad hasta el 50% del precio estipulado. También se contemplan exenciones del pago de las tarifas para el alumnado en programas de movilidad, cuando se den condiciones de reciprocidad.

Como ya sucedía, se exime del abono, en el primer curso de estudios universitarios y por una sola vez, al alumnado que obtenga Premio Extraordinario de Bachillerato.

El pago de la matrícula del curso dará derecho a tres convocatorias en la Universidad de La Laguna (ULL), y a dos, incluyendo la de diciembre de 2021, en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC).

Respecto a los plazos fijados para el pago de las tarifas, en la modalidad de pago único, el abono deberá efectuarse en el momento de formalizar la matrícula y antes de que finalice el plazo ordinario de formalización de ésta. En la modalidad de pago fraccionado, el abono se realizará en seis plazos, en fechas designadas entre los meses de noviembre y abril. En el caso de hacer efectiva mediante un pago único la matrícula, dentro del plazo ordinario, se autoriza a las universidades a aplicar una bonificación de hasta el 3% del importe total (excluidas la tarifa tercera y el seguro escolar).

La obtención de una o varias matrículas de honor en el curso anterior y en cualquier tipo de enseñanza universitaria oficial dará derecho a una bonificación en el importe de la siguiente matrícula.

Igual que sucediera el curso 2019-2020, con el fin de contrarrestar la merma en los ingresos producida por la disminución progresiva de precios públicos iniciada en 2016/2017, el decreto contempla que se compensará en los presupuestos universitarios mediante transferencias.