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Miércoles, 31 Marzo 2021 15:22

El Gobierno aprueba un decreto-ley para agilizar la gestión de los fondos europeos de recuperación

La norma fija la tramitación “urgente y preferente” de los expedientes de gasto asociados al Next Generation EU, con la reducción a la mitad de los plazos de emisión de informes y dictámenes

 

Los procedimientos para la adjudicación de contratos y para la concesión de subvenciones también se aligeran

La carga de trabajo se atenderá con refuerzo de plantillas, redistribución de personal, atribución temporal de funciones, movilidad y formación específica

El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó este miércoles, 31 de marzo, un Decreto-ley de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación Next Generation EU en el ámbito de la Comunidad Autónoma. Entre ellas, se encuentra la tramitación urgente y preferente de los expedientes, con la reducción a la mitad de los plazos de emisión de los informes y dictámenes previstos; simplificación de la gestión de subvenciones; creación de unidades administrativas provisionales con refuerzos de personal y constitución de órganos de gobernanza para la tramitación de esos fondos con mayor eficiencia.

El Decreto-ley establece un modelo concreto para la gobernanza y la planificación de proyectos financiados por la Unión Europea e incorpora diferentes medidas administrativas, de organización de los recursos y de gestión presupuestaria y económica que persiguen contribuir a una gestión más ágil y eficiente para facilitar la adecuada ejecución de estos fondos y cumplir los objetivos previstos.

En ese sentido, los procedimientos administrativos, de gestión presupuestaria, de subvenciones y ayudas, de contratación pública, y demás expedientes de gastos que se tramiten para la gestión, seguimiento y control de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación Next Generation EU se tramitarán por urgencia y se despacharán con carácter preferente. En materia de subvenciones, destaca la posibilidad de otorgarlas por concurrencia no competitiva para las actuaciones que no requieran valoración comparativa con otras propuestas. Se contempla también una regulación de las convocatorias abiertas, más flexible y amplia, por más de un ejercicio presupuestario.

En cualquier caso, esa tramitación urgente no afectará a los plazos de convocatoria pública, presentación de ofertas, subsanación de requerimientos o cualesquiera otros plazos que limiten los derechos de terceros o que no puedan reducirse por aplicación de la normativa básica.

El decreto establece, asimismo, la creación de un órgano que será el encargado de la alta dirección y gobernanza de los fondos Next Generation EU, la Comisión de Planificación y Gobernanza, y otro que aprobará y realizará un seguimiento de los planes departamentales, el Comité Director de Planes y Proyectos. La autoridad responsable ante el Estado será la Dirección General de Presupuestos y la Intervención General se encargará del control de los fondos. Asimismo, se simplifica la documentación que tienen que presentar los beneficiarios.

La nueva norma regula también la cooperación interadministrativa mediante convenios de tramitación preferente que pueden tener vigencia de hasta seis años y prevé tramitación anticipada y adelanto de hasta el 50% de la cantidad a percibir para la ejecución de proyectos con cargos a los fondos europeos y mecanismos de colaboración con el sector privado para que participe en el desarrollo de las actuaciones.

Disponibilidad de recursos humanos

El Decreto-ley señala que la cobertura de las necesidades de personal relacionadas con el incremento de carga de trabajo provocado por la gestión de estos proyectos se realizará, preferentemente, con los efectivos del departamento u organismo encargado de su gestión, que impulsarán las acciones necesarias para la redistribución de personas y puestos de trabajo que permita agilizar su ejecución. Asimismo, emplearán, como modo preferente de provisión la redistribución de efectivos, la reasignación de los mismos, la atribución temporal de funciones y la movilidad funcional teniendo como prioridades el aprovechamiento del talento y la experiencia adquirida de las personas al servicio de la Administración.

De esta manera, la Dirección General de la Función Pública dictará las instrucciones pertinentes con el fin de procurar una tramitación ágil y preferente en la provisión de los puestos de trabajo de las unidades administrativas responsables de la gestión de los proyectos financiados con cargo a los fondos de Next Generation EU.

Los departamentos y organismos públicos podrán reforzar sus plantillas con el nombramiento de personal estatutario temporal, personal funcionario interino o personal laboral con contratos de duración determinada. Estos nombramientos y contratos de personal se formalizarán solo por el tiempo imprescindible para la ejecución de los proyectos financiados con fondos Next Generation EU.

También se podrán atribuir temporalmente funciones con carácter total o parcial al personal funcionario de carrera o interino, estatutario fijo o temporal y laboral fijo o temporal, sin que en ningún caso esta implique cambio de adscripción de puesto de trabajo, ni del carácter definitivo o temporal de adscripción al mismo.

Podrá designarse personal directivo responsable de la gestión de programas y proyectos financiados con fondos europeos, que deberá estar en posesión de titulación oficial universitaria, y su selección se sujetará a criterios de idoneidad, y se debe llevar a cabo mediante procedimientos ágiles que garanticen la publicidad y la concurrencia.

En materia de formación, se potenciará mediante acciones específicas de formación la capacitación de los empleados públicos en aquellas materias vinculadas a la ejecución de los proyectos y programas financiados con fondos Next Generation EU.

Medidas tributarias

Asimismo, contiene dos medidas tributarias: la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) a determinadas importaciones y entregas relativas a los congeladores especiales destinados a la conservación adecuada de las vacunas y recoge una modificación del Decreto-ley 19/2020, de establecimiento del tipo cero en el IGIC aplicable a la importación o entrega de mascarillas y productos sanitarios para incluir determinados tipos de mascarilla que se habían omitido en el texto original.