- De carácter técnico y multidisciplinar, resolverá dudas o cuestiones que surjan en aplicación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, sobre Regulación de la Eutanasia
Estará adscrita al Servicio Canario de la Salud y contará con doce miembros con experiencia acreditada en bioética
El Consejo de Gobierno aprobó este miércoles, 23 de junio, el decreto por el que se crea y regula la Comisión de Garantía y Evaluación de la Prestación de Ayuda para Morir de Canarias, en los términos previstos en la Ley Orgánica 2/2021, de 24 de marzo, de Regulación de la Eutanasia.
La aprobación del decreto se produce a propuesta conjunta de las consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Sanidad, tras el dictamen emitido por el Consejo Consultivo de Canarias, solicitado por acuerdo de Gobierno de 17 de junio.
Con la aprobación del decreto, la Comunidad Autónoma de Canarias se dota de un órgano administrativo y colegiado, de tipo técnico y multidisciplinar, encargado de garantizar el derecho de las personas que cumplan las condiciones reguladas en la legislación vigente sobre eutanasia para solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir, el procedimiento a seguir y las garantías que han de observarse.
La Comisión tendrá la condición de órgano consultivo en materia de ejercicio del derecho a morir y de prestación de la ayuda para este fin en el ámbito de Canarias y estará adscrita al Servicio Canario de la Salud, con carácter orgánico y sin dependencia jerárquica o funcional. Asimismo, actuará con autonomía funcional e independencia de criterio en el ejercicio de sus funciones.
Las funciones de la Comisión son las previstas en el artículo 18 de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de Regulación de la Eutanasia; entre otras, las de resolver dudas o cuestiones que puedan surgir en su aplicación, así como las que le pueda encomendar el consejero o consejera competente en materia de Sanidad y la Dirección del Servicio Canario de la Salud.
La Comisión estará formada por un total de doce personas de reconocida competencia profesional de la medicina y la enfermería, con formación o experiencia acreditada en bioética, así como juristas con formación o experiencia acreditada en derecho sanitario, que ocuparán los cargos de Presidencia, Vicepresidencia y un total de diez vocalías.
Ley Orgánica 3/2021
La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de Regulación de la Eutanasia, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 25 de marzo de 2021, pretende dar una respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista a una demanda sostenida de la sociedad actual, como es la eutanasia, e introducir en nuestro ordenamiento jurídico un nuevo derecho individual.
La ley instituye las comisiones de Garantía y Evaluación, que deben crearse y constituirse en todas las comunidades autónomas y en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla como órganos administrativos garantes del cumplimiento efectivo de tales condiciones y procedimientos.
Se entiende por eutanasia la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada mediante una relación causa-efecto única e inmediata, a petición informada, expresa y reiterada en el tiempo por dicha persona. Se lleva a cabo en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que la persona experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios.