El número de plazas ofertadas asciende a 3.499. De ellas, 257 son de corta duración (99 de personal funcionario y 158 de personal laboral) y 3.242, de larga duración (93 de personal funcionario y 3.149 de personal laboral)
Los aspirantes a los puestos de trabajo del personal funcionario interino de corta duración deberán hacer un examen tipo test, no eliminatorio, que se efectuará después de la fase de concurso
La selección del personal laboral de corta y de larga temporalidad se realizará solo por el sistema de concurso de méritos y sin tener que examinarse
El acuerdo incluye la creación de dos comisiones de coordinación para la valoración de méritos, con el fin de homogeneizar los criterios interpretativos y de aplicación de las bases de las convocatorias
El Consejo de Gobierno de Canarias ha autorizado este viernes, a propuesta del consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, Julio Pérez, los acuerdos alcanzados, tras cerca de 40 horas de negociación y trabajo, entre la Administración y las organizaciones sindicales, sobre las bases generales que han de regir los procesos de selección para la estabilización de 3.499 plazas de empleo público en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuya convocatoria deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022.
De este modo, el Gobierno canario ha dado el visto bueno a los criterios comunes que han de tenerse en cuenta tanto en las convocatorias de acceso a los cuerpos, escalas y, en su caso, especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias que se convoquen en ejecución de los procesos selectivos de estabilización para funcionarios interinos derivados de las ofertas extraordinarias de empleo público aprobadas por los decretos 114 y 115/2022, de 20 de mayo, como en las convocatorias de los procesos extraordinarios de estabilización del personal laboral temporal e indefinido no fijo a que se refiere la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Dichos criterios se han elaborado teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, mediante el sistema de concurso-oposición y de concurso de méritos establecido por las disposiciones adicionales 6ª y 8ª de la citada norma, así como los principios rectores que rigen los procesos de selección del personal al servicio de las administraciones públicas, garantizando el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Como han reconocido ambas partes, estos acuerdos son fruto de muchas horas de trabajo previas y dentro de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias y de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Personal Laboral, y han dado como resultado tres vías diferenciadas, amparadas por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Dos de ellas hacen referencia a las convocatorias de personal funcionario interino y las plazas que vienen siendo ocupadas en larga o corta temporalidad, y una tercera está dirigida a la estabilización del personal laboral no fijo y posibilita el acceso a la Administración Pública de Canarias mediante el sistema de concurso de méritos sin tener que examinarse.
Así, para las 99 plazas de funcionarios interinos de corta temporalidad, se ha establecido un sistema de concurso-oposición, en el que la fase de oposición tendrá un peso del 60% sobre la nota global del proceso, fijándose para ello un único ejercicio tipo test, no eliminatorio, que será elaborado a partir de unas baterías de preguntas y respuestas, extraídas de temarios reducidos y ajustados a los grupos funcionales correspondientes. Las preguntas constarán de tres respuestas alternativas; una de ellas será la cierta frente a las otras dos falsas. La no contestación y la contestación errónea no computarán y la nota conseguida se sumará al cálculo de la puntuación total del proceso.
Para el acceso a cuerpos y escalas de carácter facultativo, así como aquellas escalas distintas de la general adscritas al Grupo C, Subgrupo C1, de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, el temario incorporará una parte específica, atendiendo al ámbito funcional propio del cuerpo, escala y, en su caso, especialidad de que se trate.
Con el fin de mejorar la operatividad, la fase de concurso será anterior a la de oposición, lo que permitirá a los aspirantes obtener una baremación previa de sus méritos aportados y acreditados. Esa fase de concurso, con un peso del 40% en el cómputo total, está distribuida en cuatro puntos: la experiencia adquirida en el sector público como funcionario interino en el cuerpo/escala/especialidad objeto de la convocatoria tendrá una puntuación máxima de 3,10 puntos; la antigüedad acreditada en el sector público, 0,2 puntos máximos, y otros méritos –haber superado ejercicios de procesos selectivos anteriores, las titulaciones académicas y certificaciones por realización de cursos formativos, de adecuación o perfeccionamiento profesional–, 0,7 puntos.
En el caso de las 93 plazas de funcionarios de larga temporalidad, se mantienen los mismos conceptos valorados en la fase de concurso establecido anteriormente, pero atendiendo a una distribución sobre diez puntos, de los que seis corresponderán a la experiencia obtenida como funcionario interino en el desarrollo de las funciones correspondientes al cuerpo, escala u especialidad objeto de la convocatoria; la antigüedad acreditada en el sector público tendrá una puntuación de dos puntos máximos y los otros dos puntos restantes tendrán en cuenta otros méritos.
La selección del personal laboral de corta temporalidad, 158 plazas, y de larga duración, 3.149 plazas, se realizará por el sistema de concurso de méritos, en el que se valorarán como méritos la experiencia adquirida, la antigüedad como empleada o empleado público temporal, las titulaciones académicas superiores al nivel mínimo exigido y las certificaciones, diplomas y acreditaciones expedidas por cursos formativos recibidos. Para los primeros, la valoración se efectuará con un límite total de diez puntos, donde siete puntos corresponderán a méritos profesionales –cinco a experiencia profesional y dos a antigüedad– y tres a otros méritos. En los de larga duración, también sobre un total de diez puntos, ocho corresponderán a méritos profesionales –siete a experiencia profesional y uno a antigüedad– y dos a otros méritos.
Para poder ser propuesto como personal funcionario de carrera o personal laboral fijo tras estos procesos, se deberán alcanzar una puntuación mínima o nota de corte. El personal funcionario interino de corta temporalidad, 1,7 puntos; el de larga duración, dos puntos; el personal laboral no fijo de corta temporalidad, dos puntos; y el de larga duración, dos puntos.
El acuerdo incluye también la creación de dos comisiones de coordinación para la valoración de méritos, con el fin de homogeneizar los criterios interpretativos y de aplicación de las bases de las convocatorias.
Las 99 plazas de funcionarios interinos de corta duración pertenecen a los cuerpos A1 (13), seis de ellos de la Escala de Ingenieros y Arquitectos de la Comunidad Autónoma de Canarias; A2 (16), siete de ellos de la Escala Gestión General y cinco de la Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos; C1 (14), siete de ellos del Cuerpo de Agentes de Inspección Pesquera; C2 (42), todos ellos del Cuerpo Auxiliar; y E (14), todos ellos, también, de la Agrupación Profesional Subalterno.
Las 93 de larga duración corresponden a A1 (27), cinco de ellos de la Escala de Administradores Generales, seis de la Escala de Técnicos Estadísticos Superiores y siete de la Escala de Profesores Numerarios de FP Marítimo Pesquera; A2 (33), seis de ellos de la Escala Gestión General, trece de la Escala Arquitectos e Ingenieros Técnicos y siete de la Escala Maestro Taller FP Marítimo Pesquero; C1 (2); C2 (25), todos ellos del Cuerpo Auxiliar; y E (6), todos ellos también de la Agrupación Profesional Subalterno.
Las 158 plazas de personal laboral de corta duración pertenecen al Grupo I (4), dos de ellas de la Categoría Profesional Psicólogo; Grupo II (10), seis de ellas de Titulado Medio; Grupo III (2), una de Auxiliar de Autopsias y otra de Adjunto de Taller; Grupo IV (94), catorce de ellas de Cocinero, veintiuna de Auxiliar Administrativo y treinta y nueve de Auxiliar de Servicios Complementarios; y Grupo V (48), veinticuatro de ellas de Ayudante de Cocina y trece de Subalterno.
Y las 3.149 de personal laboral de larga duración corresponden al Grupo I (321), la mayoría de ellas, 282, de Titulado Superior; Grupo II (251), de ellas 23 de la Categoría Profesional de Asistente Social, 17 de educador y 148 de Titulado Medio; Grupo III (223), de ellas 36 de Educador Infantil, 25 de Técnico Especialista, 61 de Administrativo y 14 de Operador de Sistema; Grupo IV (1.780), de ellas, 92 de Cocinero, 78 de Cuidador, 601 de Auxiliar Administrativo, y 843 de Auxiliar de Servicios Complementarios; y Grupo V (574), de ellas, 165 de Ayudante de Cocina, 62 de Limpiadora y 176 de Subalterno.