- canarias2023.infoelecciones.com recoge contenidos relevantes para la ciudadanía como las modalidades para ejercer el derecho al voto –presencial, por correo o desde el extranjero–, el calendario electoral o los detalles de la organización y desarrollo de la jornada del 28M
- Procura ofrecer un diseño intuitivo y moderno que facilita la navegación sencilla por los distintos contenidos que la integran y que están divididos en tres grandes apartados: Ciudadanía, Partidos Políticos y Noticias
- En las Elecciones al Parlamento de Canarias habrá dos urnas: una para la circunscripción insular, en la que se depositará el sobre y la papeleta sepia; y otra para la circunscripción autonómica, donde se introducirá el sobre y papeleta amarilla
- Podrán votar 1.772.423 personas –894.997 en la provincia de Las Palmas y 877.426 en la de Santa Cruz de Tenerife–, según el censo electoral del Instituto Nacional de Estadística (INE) a 1 de febrero de 2023; de ellos, 1.610.958 residen en Canarias y 161.465 están inscritos en el CERA
La Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, que dirige Julio Pérez, ha publicado, a través de la Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana, cuya titular es Marta Saavedra, la página web canarias2023.infoelecciones.com, un portal que recoge información relevante para la ciudadanía sobre las Elecciones al Parlamento de Canarias del próximo 28 de mayo. Entre otras cuestiones, se puede consultar cómo y dónde ejercer el derecho al voto, el calendario electoral o los detalles y organización de la jornada del 28M.
La web procura ofrecer un diseño intuitivo y moderno, lo que facilita una navegación sencilla por los distintos contenidos que la integran y que están divididos en tres grandes apartados, Ciudadanía, Partidos Políticos, y Noticias, desde los que se acceden a distintas secciones.
A través de este portal y sus diferentes secciones –Información Electoral, Resultados, Normativa Electoral, Curiosidades y Enlaces de Interés–, los electores tendrán la oportunidad de aclarar sus dudas sobre las modalidades de voto, presencial, por correo, desde el extranjero o accesible; los horarios de apertura de los colegios; o sobre los documentos de identificación personal que se deben presentar en las mesas electorales.
Del mismo modo, podrán conocer que en las Elecciones al Parlamento de Canarias habrá dos urnas: una para la circunscripción insular, en la que se depositará el sobre y la papeleta sepia; y otra para la circunscripción autonómica, donde se introducirá el sobre y papeleta amarilla.
También, que, de acuerdo con la Ley 1/2022, de 11 de mayo, de Elecciones al Parlamento de Canarias, la Cámara autonómica se compone de 70 diputados y diputadas. 61 se eligen a través de las circunscripciones insulares: El Hierro, 3; Fuerteventura, 8; Gran Canaria, 15; La Gomera, 4; La Palma, 8; Lanzarote, 8 y Tenerife, 15. Los otros 9 diputados restantes se eligen a través de la circunscripción autonómica.
En el epígrafe Cómo y dónde votar, incluido en la sección Información Electoral, se resuelven dudas sobre cómo, cuándo y dónde votar, y se expone la información necesaria para ejercer el derecho al voto en función de la situación personal de cada persona, siendo importante el capítulo dedicado a las personas enfermas y las personas con discapacidad. En este último caso se incide de forma especial en las personas con discapacidad visual y en las herramientas puestas a su disposición para, si así lo desean, utilizar el procedimiento de voto accesible regulado.
Se indica, asimismo, cómo ejercer el derecho al voto de forma presencial o por correo y el procedimiento a seguir por las personas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
El apartado dedicado a los Partidos Políticos, dividido en tres secciones –Calendario electoral, Documentación e Impresos online y Normativa– recoge una relación de las principales actuaciones a realizar por las formaciones políticas, formularios para la presentación de candidaturas, sus fechas y artículos de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General (LOREG), que las regulan. Por su parte, el de Noticias incluye aquellas informaciones institucionales relacionadas con el proceso electoral.
El portal detalla en qué consiste la labor de las personas designadas como miembros de una mesa electoral y permite descargarse el manual correspondiente, e incluye, además, un glosario electoral, un epígrafe específico para quienes votan por primera vez y una explicación del Método D’ Hont y su aplicación en el reparto de los escaños del Parlamento de Canarias.
Igualmente, la web recuerda que el Gobierno de Canarias pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012, un Servicio de Atención Telefónica desde el que puede obtener información de manera rápida y cómoda estando disponible las 24 horas de los 365 días del año.
Entre sus contenidos también hay una sección dedicada a los resultados de las elecciones al Parlamento de la Comunidad Autónoma de Canarias celebradas en 2011, 2015 y 2019, pormenorizando el número de votos, asignación de escaños, candidatos electos, circunscripciones y municipios, entre otros aspectos.
Censo electoral
En las Elecciones al Parlamento de Canarias del próximo 28 de mayo podrán votar 1.772.423 personas –894.997 en la provincia de Las Palmas y 877.426 en la de Santa Cruz de Tenerife–, según el censo electoral del Instituto Nacional de Estadística (INE) a 1 de febrero de 2023, censo que también se puede consultar en la página web informativa presentada por la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.
De estos 1.772.423 potenciales votantes, 1.610.958 residen en Canarias y 161.465 están inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), que en esta ocasión no tendrán que ejercer el voto rogado, sino que podrán participar directamente mediante correo certificado o en urna en los consulados.
La web expone que, para el voto presencial, la Oficina del Censo Electoral envía a todos los votantes una tarjeta censal donde figura la sección en la que están censados y la mesa en la que les corresponde votar, con la dirección del colegio electoral. La identificación se realizará mediante el Documento Nacional de Identidad (DNI), el pasaporte o permiso (carné) de conducir (con fotografía), válido también mediante la aplicación miDGT de la Dirección General de Tráfico. No importa que dichos documentos estén caducados, pero deben ser los originales, en ningún caso fotocopia.
Voto por correo
En el caso del voto por correo, se puede solicitar desde el 4 de abril hasta el 18 de mayo y cabe la posibilidad de hacerlo a través del impreso de solicitud en la oficina de Correos o bien de forma online en la página web de Correos. Para esta última opción, es necesario disponer de un certificado DNI Electrónico (obtener DNI electrónico) o un certificado digital válido. Posteriormente, se podrá ejercer el derecho al voto entregándolo en una oficina de Correos.
El solicitante tiene de plazo para depositar el sobre con su voto hasta el 24 de mayo, en los horarios habituales de apertura de las oficinas postales. Hay que tener en cuenta que, una vez solicitado el voto por correo, ya no se puede votar personalmente en la mesa electoral.
Los canarios residentes en el extranjero tienen dos opciones para votar por correo, que depende de la circunstancia en la que se encuentren. Si son residentes permanentes en el exterior, basta con que estén inscritos en el CERA. Si están temporalmente en el extranjero, pero siguen censados en Canarias, deberán solicitar previamente el voto en el Registro de Matrícula Consular (RMC) como no residente.
El votante CERA podrá elegir indistintamente entre votar por correo o votar en urna entre el 24 y el 26 de mayo. En este último caso, deberá entregar personalmente los sobres en la embajada, oficina o sección consular en la que esté inscrito, o en los lugares que a tal efecto se habiliten para ello. También puedes votar en los consulados honorarios de España en el extranjero.
Voto accesible
La legislación española exige que los locales electorales deben ser accesibles a las personas con limitaciones de movilidad. Las personas asistentes pueden facilitar el acceso de personas discapacitadas a los colegios electorales, y en los casos que resulte imposible su acceso, el presidente o la presidenta de la mesa sacará la urna al lugar donde se encuentre esa persona.
En el caso de que no puedan desplazarte a una oficina de Correos, otra persona, autorizada notarial o consularmente, podrá solicitar el voto por correo en su nombre. En ese caso, el desplazamiento del notario o cónsul es gratuito. El plazo para solicitar el voto por correo es del 4 de abril al 18 de mayo y el voto se remitirá entre el 6 y el 24 de mayo.
Las personas con discapacidad visual que conozcan el sistema de lecto-escritura braille y tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento o sean afiliadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), y deseen utilizar el procedimiento de voto accesible regulado, deben inscribirse llamando gratis al 900 103 800, desde la convocatoria del proceso electoral hasta el día 1 de mayo.
Una vez realizada la comunicación anterior, el votante con discapacidad visual recibirá una confirmación de la recepción de la misma que le habilitará para recoger la documentación en la mesa electoral. El día de la votación, se dirigirá a el presidente o la presidenta de la mesa electoral, que, tras comprobar que el votante solicitó el voto accesible, le entregará un maletín con la documentación necesaria para ejercer su derecho a votar.