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Miércoles, 14 Marzo 2018 18:32

El Gobierno remite al Consejo Consultivo el Plan Estadístico de Canarias 2018-2022

  • En total, se proyectan 268 operaciones agrupadas en grandes bloques sobre diferentes hechos sociales del Archipiélago.

El Consejo de Gobierno acordó este lunes solicitar el dictamen preceptivo del Consejo Consultivo sobre el Plan Estadístico de Canarias 2018-2022 como paso previo a su aprobación por el Ejecutivo.

El Plan Estadístico de Canarias es el instrumento de ordenación y planificación de la actividad estadística pública de la Comunidad Autónoma y de las entidades dependientes de la misma. Por tanto, solo tendrán la consideración de estadísticas oficiales la contenidas en dicho Plan.

El proyecto de decreto enviado hoy al Consultivo incluye las estadísticas que se inicien durante el periodo de vigencia del Plan, que será de cinco años, el enunciado de sus fines y la descripción general de su contenido, así como los organismos o entidades que deben intervenir en su elaboración, según establece el artículo 26 de la Ley de Estadística de Canarias.

En concreto, comprende las directrices por las que ha de regirse el Plan, las líneas estratégicas, la relación de las operaciones estadísticas y los aspectos esenciales de cada una de ellas, además de las estadísticas de evaluación de la calidad de los servicios públicos esenciales y de desarrollo económico en cumplimiento de la Ley canaria de transparencia y acceso a la información pública.

En total, se proyectan 268 operaciones agrupadas en grandes bloques sobre distintos ámbitos de la realidad socioeconómica del Archipiélago.

La consejera de Hacienda y portavoz del Gobierno, Rosa Dávila, destacó al término de la reunión del Ejecutivo “la importancia que reviste la información estadística sobre los diferentes hechos sociales para el diseño, elaboración y desarrollo de las políticas públicas”.

“Poseer un conocimiento adecuado de la realidad es un requisito imprescindible para la toma de decisiones, tanto para la Administración Pública como para la ciudadanía e instituciones de todo tipo”, aseguró la consejera, quien además dijo que la estadística debe considerarse como una actividad instrumental respecto de otros sectores de la actividad pública como la economía, el trabajo, las infraestructuras o la ordenación del territorio, “por poner solo algunos ejemplos”.

El Estatuto de Autonomía de Canarias, en su artículo 30.23 atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de "Estadística de interés de la Comunidad", que ejercerá respetando lo dispuesto en el artículo 149.1.31 de la Constitución en relación a “la estadística para fines estatales” como competencia exclusiva del Estado.

Partiendo de este marco competencial y dada la complejidad y especialidad de la ciencia estadística se dictó la Ley 1/1991, de 28 de enero, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Canarias, con objeto de regular dicha actividad en las Islas.

Los años transcurridos desde la aprobación de la Ley 1/1991, una de las primeras leyes autonómicas sobre esta materia, aconsejan una revisión general de la misma, a la luz de la experiencia propia y teniendo en cuenta las aportaciones de las nuevas regulaciones sobre la materia.

Además, también era necesario actualizar los principios estadísticos con motivo de la adopción del “Código de buenas prácticas de las estadísticas europeas”, aprobado como instrumento autorregulador por la Comisión Europea en su recomendación incluida en la Comunicación al Parlamento y al Consejo COM (2005)/217.