La alcaldesa de Santa Lucía Dunia González y el alcalde de Las Palmas de Gran Canaria Augusto Hidalgo han firmado este miércoles un convenio de colaboración que permite intercambiar personal laboral de las listas de reserva de empleo, un acuerdo que beneficia a ambas administraciones locales y agiliza la contratación de personal cualificado.
Dunia González explica que “son muchos los decretos y las leyes que están asfixiando las administraciones locales con procedimientos cada vez más lentos y costosos, y la colaboración y cooperación entre administraciones, que debe ser el camino para continuar avanzando para ser eficientes, agiliza los trámites para contratar personal necesario para el buen desarrollo de ambos ayuntamientos”.
La primera edil de Santa Lucía destaca que este convenio “beneficia a las mujeres y hombres del municipio que están actualmente en las listas de reserva del Ayuntamiento, ya que con la firma de este acuerdo de colaboración se les va a facilitar el acceso al empleo ya que pueden ser llamados por otras administraciones públicas”.
Incorporación voluntaria
Por su parte, el alcalde Augusto Hidalgo explica que la administración pública ha tenido grandes problemas para incorporar personal porque las restricciones del Estado han sido demoledoras en la destrucción de empleo público “y el ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no hizo lo que hicieron otros como el de de Santa Lucía que hace años instauró las bolsas de empleo para poder recurrir a ellos.” Hidalgo añadió que “nosotros en este mandato ya lo estamos haciendo, pero con este acuerdo y con el que tenemos con el Cabildo podremos recurrir a la lista del Ayuntamiento de Santa Lucía cuando necesitemos suplir esa demanda de personal cualificado”.
El convenio, que tiene una validez de cuatro años prorrogables, recoge que la utilización mutua de listas de reserva de la otra Administración no puede suponer ninguna merma de los derechos de los integrantes de las correspondientes listas. Si no aceptan el puesto que se les ofrezca, no serán penalizados ni perderán el puesto en la lista del ayuntamiento en el que se habían inscrito.
Ambos ayuntamientos se comprometen a facilitarse mutuamente, previa petición del otro ayuntamiento solicitante cuando éste no cuente con lista de reserva de categorías de la que sí disponga la otra administración pública, personas que formen parte de esa lista y que podrán ser nombradas o contratadas como trabajadores interinos o personal laboral según las necesidades existentes.