El Ayuntamiento de Mogán, una vez la sentencia sea firme, reclamará al Cabildo de Gran Canaria una compensación económica por los perjuicios derivados de su indebida exclusión de la segunda convocatoria del FDCAN, que estima a día de hoy como mínimo en 3.356.114,45 euros.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) vuelve a dar la razón al Ayuntamiento de Mogán desestimando el recurso de apelación interpuesto por el Cabildo de Gran Canaria contra la sentencia que el pasado octubre declaró la nulidad del acuerdo del Consejo de Gobierno del Ejecutivo Insular por el que se aprobó la convocatoria 2023-2027 del FDCAN. La Justicia reafirma que la exclusión del municipio del reparto de estos fondos fue una decisión unilateral del Ejecutivo Insular, que procedió de forma antijurídica y quebrantó de este modo el principio de igualdad. La alcaldesa de Mogán, Onalia Bueno, ha asegurado que el Consistorio llevará a cabo los trámites oportunos para reclamar daños y perjuicios al Cabildo de Gran Canaria, instando a su presidente, Antonio Morales, a desistir de recurrir nuevamente a recursos públicos para prolongar en el tiempo este asunto, que puede solventarse llegando a un acuerdo.
Bueno, en rueda de prensa esta mañana junto al concejal de Hacienda, Ernesto Hernández, se manifestó tajante ante esta segunda resolución judicial que ratifica la legitimidad del Ayuntamiento para recurrir al acuerdo del Cabildo para la convocatoria 2023-2027 del FDCAN y ratifica el trato discriminatorio del Cabildo de Gran Canaria hacia el municipio de Mogán. “El presidente Antonio Morales tiene que gobernar para todos los grancanarios y grancanarias y dejar de lado la política rancia” dijo, haciendo referencia a la primera sentencia, que señala desde el Ejecutivo Insular <<se ha quebrantado el principio de igualdad y se ha discriminado al Ayuntamiento de Mogán al privarle de unos fondos a los que tenía derecho>>.
“Hemos tenido que leer en varios medios de comunicación las diferentes versiones sobre este asunto vertidas por el consejero de Cooperación Institucional del Cabildo de Gran Canaria, Carmelo Ramírez, que primero afirmaba que tanto como Mogán como San Mateo quedaban excluidos debido una sobrefinanciación en la primera convocatoria del FDCAN y más tarde que éramos nosotros, los propios municipios, los que nos excluimos de participar en el acceso a estos fondos”, señaló la alcaldesa, que recordó en la primera convocatoria del FDCAN los ayuntamientos tuvieron la oportunidad de concurrir como beneficiarios directamente a través de la presentación de proyecto al Gobierno de Canarias o bien mediante convenio con el Cabildo del Cabildo de Gran Canaria aportando ambas administraciones el 50% de la financiación de las actuaciones a ejecutar.
Entonces Mogán optó por presentar su proyecto directamente al Gobierno de Canarias. Sin embargo, en la segunda convocatoria (2023-2027) esta opción es eliminada, solo siendo posible participar a través del programa del Cabildo de Gran Canaria, que invitó entonces formalmente a cada uno de los municipios, a excepción de Mogán y San Mateo. A esos 19 les hizo llegar asimismo información trascendental para llevar a cabo los trámites oportunos.
El Consistorio moganero manifestó su deseo de participar mediante escritos formales, un total de 17, dirigidos al presidente del Cabildo de Gran Canaria, al entonces presidente del Gobierno de Canarias, Ángel Víctor Torres, a la presidencia de la FECAM, a la FECAI y a todos los grupos parlamentarios. Aun así, tal y como recoge el juez en la primera sentencia <<la voluntad del Cabildo era clara: contar únicamente con las Corporaciones Municipales que le acompañaron en el primera convocatoria de los FDCAN>>. Además, lo considera una <<penalización, y es el término que cabe emplear ante la falta de previsión de tal posibilidad en la normativa de referencia>>, siendo <<<claramente contraria a derecho>>.
“El Gobierno de Canarias es el único organismo competente para la regulación del FDCAN y, por tanto, el Cabildo no podía impedir nuestra participación” recalcó Bueno, incidiendo en el trato discriminatorio de Morales para con los moganeros y moganeras.
En base a ello el concejal de Hacienda puso de ejemplo el caso de Tejeda en la primera convocatoria del FDCAN. Este municipio, además de la asignación correspondiente por habitantes y superficie mediante convenio con el Ejecutivo Insular por el que percibió 637.520,30 euros, fue beneficiario de forma directa a través de la Consejería de Industria y Comercio de 1.930.436,48 euros. Todo ello suma 2.567.956,78 euros para un total de 1.987 habitantes y una superficie de 103,89 kilómetros cuadrados. “Este es ejemplo de otros muchos que podrían salir de la distribución que hizo el Cabildo con el 50% de los fondos que les correspondía gestionar”, apuntó.
Mogán recibió entonces 5.000.000 euros –invertido en la ejecución del edificio de aparcamientos de Arguineguín– para 21.175 habitantes y una superficie de 172,4 kilómetros cuadrados. Esto, declaró Hernández, “demuestra que no hubo sobrefinanciación para Mogán”.
Bueno ha instado al presidente del Cabildo a no continuar prolongando este procedimiento presentando un recurso ante el Tribunal Supremo. “Sabe que este asunto no tiene recorrido y lo único que va a lograr es dilatar este castigo político al que ha sometido a los ciudadanos y ciudadanas de Mogán” afirmó, estimando que, de seguir haciendo uso de los recursos públicos para esto, el municipio percibirá los fondos que por derecho les pertenecen como mínimo en 2028, cuando, “con toda probabilidad, usted no sea presidente, salvo que vuelva a revalidad mandato, y el resto de municipios hayan podido invertir el dinero del FDCAN en proyectos que contribuyen a su crecimiento, desarrollo y mejora”.
La alcaldesa ha mostrado su disposición a entablar conversaciones con el Ejecutivo Insular para buscar la fórmula que permita la compensación a Mogán por los daños y perjuicios ocasionados, tasados de manera estimada e inicial a día de hoy en 3.356.114,45 euros. Estos se desglosan en el propio daño emergente y lucro cesante aproximado –3.279.666,42 euros–; intereses legales aproximados hasta la fecha –73.248, 03 euros –; y costas procesales aproximadas de la sentencia del TSJC –2.900 euros–. Si el acuerdo no se produjera, cuando la sentencia sea firme, el Consistorio podrá reclamar vía responsabilidad patrimonial.