Jueves, 13 Abril 2023 17:51

El Gobierno eleva al Consultivo el nuevo decreto que dará más seguridad a la compra y venta de viajes combinados

  • El texto de Turismo de Canarias que regula la actividad de intermediación turística se adapta a la normativa europea, aportando mayor protección a los consumidores en sus relaciones con los operadores y evitando el intrusismo profesional

El Gobierno de Canarias aprobó este jueves elevar al Consejo Consultivo la modificación del Decreto 89/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad de intermediación turística, en orden a cumplir con las directrices europeas en materia de viajes combinados y servicios de viajes vinculados para dotarla de mayor seguridad jurídica.

El nuevo texto dota de una mayor protección a las personas que adquieren un paquete de viajes frente a las empresas que ejercen como intermediadores turísticos o agencias de viajes y a la vez prevé mecanismos en contra del intrusismo profesionales en el ejercicio de estas actividades.

El decreto de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio en el que se transpone la directiva nacional y europea amplía el alcance del concepto de viaje combinado, dando cabida a muchos productos de viaje que se encontraban en una indefinición jurídica, introduciendo con ello el concepto de servicios de viaje vinculados como modelo empresarial alternativo a los viajes combinados.

Además, con esta modificación se amplían los requisitos de protección frente a la insolvencia de las empresas de intermediación turística y agencias de viajes y se refuerza la información precontractual al viajero y su carácter vinculante, entre otros aspectos.

Entre las nuevas medidas de protección del consumidor el texto prevé la obligatoriedad de las personas físicas o jurídicas que faciliten servicios de viaje de contar con una póliza de seguro que dé cobertura a las personas que contraten un viaje combinado, garantizando el reembolso de todos los pagos que reciban de los viajeros en la medida en que uno de los servicios de viaje que estén incluidos no se ejecute a consecuencia de su insolvencia. Si dichas personas son la parte responsable del transporte de pasajeros la garantía cubrirá también la repatriación de los viajeros.