Martes, 02 Mayo 2023 15:30

El Ayuntamiento de Guía convoca las ayudas para la rehabilitación de viviendas en el medio rural

  • El plazo de presentación de solicitudes se abre del 2 al 15 de mayo

 

  • Se destina una partida económica de 545.697,58 euros

El Ayuntamiento de Guía ha convocado, a través de la publicación este lunes 1 de mayo en el Boletín Oficial de Las Palmas, las ayudas al fomento de la rehabilitación de viviendas de titularidad privada del Programa Regional para Combatir la Despoblación en el Medio Rural del Plan de Vivienda de Canarias 2020-2025 así como las bases que regirán las mismas. El plazo para la presentación de solicitudes es de diez días hábiles en el periodo comprendido entre el 2 y el 15 de mayo de 2023 (ambos inclusive).

La finalidad de estas ayudas, convocadas por la Concejalía de Vivienda, que dirige César Medina, a las que se destina una partida de 545.697,58 euros procedentes del Instituto Canario de la Vivienda, es asegurar la rehabilitación o adecuación de viviendas de titularidad privada del entorno rural para proporcionar adecuadas condiciones de habitabilidad, ahorro de consumo energético, elementos estructurales y, en definitiva, aquellas obras necesarias para el adecuado mantenimiento de las mismas, con lo que se pretende contribuir, también, a propiciar la permanencia o el cambio de residencia a las zonas rurales de este municipio.

El modelo de solicitud, las autorizaciones y las bases se encuentran ya a disposición de las personas interesadas en el Registro General del Ayuntamiento de Guía, en horario de atención al público, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas personas empadronadas en Guía y residir de forma efectiva en el municipio; deberá ser propietaria o copropietaria de la vivienda; que la casa objeto de la rehabilitación constituya su residencia habitual; o que ninguno de los miembros de la unidad familiar sea titular de otra vivienda; entre otros que figuran en las bases de la convocatoria.

Entre las obras de rehabilitación en viviendas aisladas o interior de viviendas en edificios se recoge la adaptación de la vivienda a personas con diversidad funcional y movilidad reducida, tales como ampliación de espacios de circulación, cambio de puertas, instalación de señales acústicas o luminosas, etc.

También la instalación de sistemas integrados de domótica que mejoren la accesibilidad y autonomía en el uso de la vivienda a personas con discapacidad funcional y movilidad reducida; reformas de cuartos húmedos (cocina, baños y aseos); instalaciones interiores eléctricas de baja tensión, sin incluir aparatos receptores; instalaciones interiores de fontanería y saneamiento; obras relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías, incluyendo procesos de desamiantado, carpintería exterior; refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales.

En general reformas que proporcionen a las viviendas las condiciones de habitabilidad mínimas, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente, debiéndose motivar la necesidad del proyecto o actuación.