Viernes, 21 Junio 2024 16:56

Seguridad Ciudadana establece una serie de requisitos y prohibiciones para las hogueras de San Juan

  • En caso de incumplimiento, podrá imponerse las correspondientes sanciones a los autores de las encendidas ilegales, además de imputarse a los mismos los gastos ocasionados
  • Ante cualquier incidente o emergencia se recuerda la operatividad de la Policía Local de Telde, Protección Civil y Emergencias 1-1-2

Telde, a 21 de junio de 2024. Con motivo de la celebración de las tradicionales hogueras de San Juan, y con objetivo de prevenir cualquier tipo de incidencia, el Ayuntamiento de Telde, a través de la Concejalía de Seguridad, que dirige Miguel Rodríguez, ha establecido una serie de normas y guía de recomendaciones a seguir, con el objetivo de prevenir posibles incidentes. 

En primer lugar, las hogueras y fuegos artificiales a desarrollar deberán estar previamente notificadas a las instituciones. En caso de situarse en zonas próximas a terrenos forestales, debe contar con la previa autorización del Cabildo de Gran Canaria, mientras que si se encuentra en zonas alejadas a terrenos forestales debe haber sido comunicado, antes del 19 de junio, a la administración local por registro de entrada. 

Condiciones para su celebración

Una vez obtenidos los permisos, se deberá tener en cuenta que las personas solicitantes deberán permanecer en el entorno designado durante todas las fases del desarrollo, desde el inicio de la quema hasta su completa extinción. El encendido de cualquier tipo de fuego estará limitado a partir de las 17.00 horas del 23 de junio, hasta las 4.00 horas del 25 de junio, momento en el cual deberán extinguirse completamente. Además, no se abandonará la zona de la hoguera hasta la comprobación efectiva de su extinción. 

La pila de materiales que formen la hoguera no podrá sobrepasar los cuatro metros de altura y deberá disponer de un perímetro de seguridad de seis metros alrededor del espacio de encendido. Asimismo, se prohíbe la la intervención de personas menores de edad en cualquier momento de la celebración, debiendo permanecer a una distancia prudencial de la misma. 

Tampoco se deben emplear materiales inflamables, elementos de composición plástica, ni residuos que puedan emitir gases contaminantes, tóxicos o molestos durante su combustión, tales como neumáticos, sprays y otros combustibles no orgánicos que generen un importante daño medioambiental y la salud de las personas.

Las hogueras deberán situarse a una distancia mínima de 50 metros de cualquier edificación, tendido eléctrico, instalación de cualquier tipo, vehículo, hospital o edificio público. Asimismo, se debe eliminar todo tipo de combustibles o materiales depositados en el entorno que puedan facilitar la propagación del encendido. 

Estará prohibido colocar la hoguera sobre cualquier tipo de pavimento urbanizado, ya sea asfaltado, embaldosado, jardinería pública o elementos del entramado urbano. 

Si se observa que la pila preparada para una hoguera no cumple con las medidas de seguridad establecidas, se comunicará al responsable para que la retire con la mayor brevedad posible. 

Ante cualquier posible incidencia, Rodríguez recuerda que se deberá contactar con la Policía Local de Telde (928139060), Protección Civil de Telde (928692358) o el Centro Coordinador de Emergencias 1-1-2.

Prohibiciones

Bajo ningún concepto se realizarán hogueras en playas, zonas de baño del litoral y espacios naturales protegidos. Tampoco se podrán lanzar globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego (los lanzamientos de fuegos artificiales deberán obtener autorización de actividades clasificadas y espectáculos públicos).

Se prohibirá el uso de fuegos artificiales y de hogueras en terreno forestal y en una distancia de 50 metros alrededor. En caso de declaración de alerta por riesgo de incendio forestal, no se podrá usar fuegos de artificio ni crear hoguera en terreno forestal ni en una distancia de 400 metros a su alrededor. 

El incumplimiento de las prohibiciones o condiciones establecidas podrá dar lugar a la imposición de la correspondiente sanción a los autores de las hogueras, además de imputar a los mismos los gastos ocasionados.