Islas Canarias, jueves 8 de abril de 2020. El Consejo Canario de Colegios de Abogados, así como los Colegios de Economistas de Canarias y los Colegios de Titulares Mercantiles y Empresariales de Canarias, junto con la Asociación de Colegios Profesionales de Canarias, compuesta por más de 30 colegios y unos 30.000 colegiados quieren poner de manifiesto las discrepancias existentes entre las medidas de apoyo a las empresas aprobadas por el Gobierno de España y el Gobierno de Canarias.
A juicio de estos colectivos, entre el Decreto Ley 2/2021, de 1 de marzo, del Gobierno de Canarias y el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de “medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid19” del Gobierno de España existen importantes diferencias en lo referente a los 11.000 millones de euros de ficha financiera disponible.
Entre estas se pueden destacar que, en primer lugar, los epígrafes de actividad a los que van dirigidos no son siempre coincidentes (sólo en algunos casos) y dejan marginadas muchas actividades económicas; en segundo lugar, que las ayudas del Gobierno de Canarias se basan en epígrafes del IAAEE mientras que las del Gobierno Estatal se dirigen a códigos CNAE y por último y en tercer lugar, que las ayudas del Gobierno de Canarias hablan de empresas con descenso de un 30% en la cifra de ventas del segundo semestre de 2020 respecto al mismo segundo semestre de 2019, mientras que las ayudas del Gobierno Central hablan de descenso de facturación en todo 2020 respecto a todo 2019.
Por todo lo expuesto, y a juicio de estos Colegios profesionales, las ayudas iniciadas por el Gobierno de España quedan pendientes en su desarrollo a los criterios y detalles que, más adelante, cada Comunidad Autónoma estipule o los que se determinarán en posteriores Consejos de Ministros.
A juicio de Juan Antonio Rodríguez, presidente del Consejo Canario de Colegio de Abogados, “entre ambos listados encontramos importantes contradicciones y graves lagunas”.
Rodríguez afirma que “entre los colegiados, existe un importante colectivo de profesionales en ejercicio libre de su profesión encuadrables como autónomos y que, en muchos casos, han venido sufriendo y padeciendo en la actualidad las consecuencias de la crisis generada por la Covid19”. Es por ello por lo que, a su juicio, “estarían en la misma situación y cumplen con las condiciones objetivas para ser acreedores para poder optar a estas ayudas”.
Lamentablemente, muchos colectivos profesionales que se encuentran en esta situación han sido injustificablemente excluidos de las listas de actividades subvencionables como consecuencia de la discrecionalidad por elección de criterios no objetivos, discriminación y falta de transparencia, entre otros.
Es por ello que desde estos colectivos e instituciones profesionales se quiere denunciar una situación discriminatoria entre actividades y y entre colectivos de autónomos y otros, motivo por el cual se insta a las administraciones implicadas a recomponer ambas normativas hacia criterios objetivos y objetivables, que eviten la discrecionalidad en la norma y en su aplicación, buscando dentro de estos parámetros prestar ayudas a todas las pymes y a todos los autónomos, de cualquier epígrafe, cuya actividad se haya visto seriamente afectada por la crisis de la Covid19.